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El Elemento Administrativo está conformado por la Ley de Transporte Terrestre, su Reglamento, el Manual Interamericano de Dispositivos para el Control del Tránsito en Calles y Carreteras, las Normas COVENIN, Tratados, Decretos y Ordenanzas referentes al transporte terrestre, además de las normas de civismo, urbanidad y seguridad vial.
También, dentro de este elemento se encuentran como supervisores, regidores y educadores del accionar del elemento humano y vehicular los siguientes servidores públicos: Jueces, vigilantes de tránsito, policías viales, brigadas de voluntarios, patrulleros escolares en el entorno de sus escuelas y, en caso de calamidad o desastre los integrantes de la Fuerza Armada Nacional, además del personal que presta servicios administrativos en las diferentes dependencias u oficinas. Todos ellos debidamente capacitados y autorizados para velar y servir a la comunidad.
Las autoridades del tránsito terrestre según el artículo 16 de la Ley de Transporte Terrestre, son a nivel nacional:
“... el ministerio del poder popular con competencia en materia de transporte terrestre y el Instituto Nacional de Transporte Terrestre; y a nivel estatal, municipal son las gobernaciones, alcaldías municipales y metropolitanas, por intermedio de sus entes administrativos competentes, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones..”
Ellos son los encargados del control y supervisión, además de la aplicación de las sanciones a los actores por las faltas en su uso, estas faltas son conocidas como infracciones.
2.a) Funciones de las Autoridades del Tránsito.
Las funciones de las autoridades del transporte terrestre son: Dirigir el tránsito donde se necesite. Educar, orientar y formar a la ciudadanía. Detener, amonestar y/o citar por medio de Boleta a quienes infrinjan la Ley, el Reglamento y/o demás normas que regulan el movimiento en el tránsito. Hacer respetar todos los dispositivos ubicados las vías y el uso de las mismas. Levantar los accidentes de tránsito e instruir el respectivo expediente. Supervisar a los vehículos en circulación, a fin de que éstos tengan las adecuada condiciones de seguridad. Verificar que la documentación del conductor y del vehículo estén en regla.
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